jueves, 26 de junio de 2014

¿Sabías que...?

La capacitación. . .
Tiene por objeto preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación. (Artículo 153-B).

El adiestramiento. . .
Tiene por objeto actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas; (Artículo 153-C, Fracción I)



Las mujeres deben disfrutar de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres. (Artículo 164)









En caso de que una mujer adopte a un infante disfrutará de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban; (Artículo 164, fracción II Bis)






Los niños mayores de catorce y menores de dieciséis años, independientemente de contar con la autorización de Ley para trabajar, deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo. (Artículo 174)
La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de tres horas. Entre los distintos períodos de la jornada, disfrutarán de reposos de una hora por lo menos. ( Artículo 177)
Los menores de dieciséis años disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas de dieciocho días laborables, por lo menos (Artículo 179)

No olvides que!!!!



Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores. (Artículo 153-A).

Infórmate!!!


Queda prohibido a los trabajadores. (Artículo 135)

Fracción I. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe;

Fracción III. Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada; 



 Fracción II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón;



Fracción IV. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez;


Fracción V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante

 



Fracción VI. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo.



Fracción XI. Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo.


 ¿Sabías que tienes derecho a adquirir en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o préstamos para la construcción, reparación, o mejoras de tu casa habitación y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos? (Artículo 137)

Algunas obligaciones de los trabajadores (Artículo 134)



Fracción IV.- Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos; 

Fracción V.- Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo;


Fracción VII.- Observar buenas costumbres durante el servicio;


Fracción X.- Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable; 

Fracción XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.

Recuerda esto!!!



Queda prohibido a los patrones o a sus representantes. . . 

(Artículo 133)


Fracción I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio;
 
Fracción II.- Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado;
 
Fracción III.- Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificación porque se les admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las condiciones de éste

Fracción XII. Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo;

Fracción XIII. Permitir o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el centro de trabajo;

 
Fracción XIV. Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo; 

Fracción XV. Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

¿Qué opinas de algunas de las obligaciones de los patrones? (Artículo 132)



Fracción III.- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo;

 

  

 

Fracción VII.- Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido.

 

 

  

Fracción IX.- Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales.

 

 

 

 

 Fracción XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores